Identificación de indicios y pruebas de daños ambientales

Como ya se ha mencionado, para determinar el daño medioambiental es necesario verificar las pruebas de dicho daño.
Sin embargo, la evaluación y la conclusión sobre si se ha producido un daño medioambiental pueden requerir muchos recursos, ser complejas y llevar un largo período de tiempo. La identificación temprana de indicios de daño ambiental puede ser valiosa, por tanto, para facilitar una criba de la probabilidad de que se haya producido un daño ambiental antes de comprometer esos recursos.
En la práctica, se trata de predefinir aquellos elementos que, evaluados en una fase preliminar de la investigación, sugieren la posible presencia de un daño ambiental, y orientar la investigación hacia la fase de determinación de las pruebas.
De hecho, cuando existen uno o varios indicios de daño, se requieren otras investigaciones para confirmar la existencia de la evidencia del daño. Por el contrario, si no se encuentran los indicios, la evaluación del daño medioambiental en el marco del ELD puede terminar con el archivo del caso como “caso no ELD”, lo que significa un caso en el que el daño medioambiental en el marco del ELD no se ha producido o no se ha determinado (véase el par. 1.6 – Terminología). Además, cuando los datos o la información son insuficientes para poder emitir un juicio, debe evaluarse la posibilidad/legitimidad/necesidad/beneficios de recopilar/requerir más datos/información mediante investigaciones adicionales.
Sin embargo, en las tablas de la Directiva ISPD, además de incluir indicadores para identificar los indicios de daño ambiental, también se han incluido indicadores que directamente le proporcionan, por su definición o analogía, evidencias de daño ambiental. Además de estos indicadores de evidencia, también hay que señalar que incluso algunos indicadores para los indicios pueden representar por sí mismos una alta probabilidad de daño ambiental cuando su valor es significativo.
Por lo tanto, los pasos de la evaluación preliminar, a saber, el cribado y la identificación de los indicios de daño, pueden ser llevados a cabo también por usuarios no expertos, en lugar del juicio de expertos, gracias a esta metodología basada en el uso del modelo DPSIR adaptado a la evaluación de daños ambientales, acompañado mediante tablas DPSIR de indicadores predefinidos útiles para la evaluación de los casos potenciales de ELD. Por el contrario, la determinación de la evidencia de daño en el marco de ELD, debe realizarse mediante juicio experto para las evaluaciones de biodiversidad, gestión y vigilancia del agua y para la contaminación del suelo, para lo cual la metodología adaptada DPSIR y las tablas ISPD pueden representar una herramienta útil y una guía metodológica para su juicio experto.

Determinación de la evidencia de daño en el marco de ELD.


Nota: las tablas ISPD pueden ser utilizadas durante toda la investigación. Esto significa que las tablas ISPD pueden ser utilizadas y rellenadas de datos, información y evaluaciones desde la fase de cribado hasta la determinación del daño ambiental.

Nota:


Para cada componente del modelo ISPD se han desarrollado tablas ISPD que contienen indicadores en las que se han definido en columnas los siguientes elementos:
-    OBJETIVO: que contiene el objetivo de evaluación de cada grupo de indicadores;
-    INDICADORES: contiene la definición de cada indicador;
-    DESCRIPCIÓN: contiene la descripción de los posibles valores cualitativos/cuantitativos del indicador (los valores cuantitativos pueden ser umbrales de significación);
-    NOTA: contiene los valores del indicador para el caso investigado;
-    EVALUACIÓN: contiene la evaluación de cada grupo de indicadores agrupados por objetivo;
-    JUICIO PROVISIONAL: contiene la evaluación provisional del caso investigado.


Nota: las tablas ISPD no son exhaustivas, es decir, podrían añadirse indicadores específicos de cada caso según las necesidades del usuario siempre que se categoricen por el objetivo de la evaluación.

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